La Sonrisa de un Niño - Málaga
Estatutos
OBJETO DE LA ASOCIACIÓN.
Según se indica en el artículo 5 de nuestros estatutos, los fines sociales que se establecen son:
a) Promover la acogida de niños de cualquier país del mundo que pudieran beneficiarse de este acto.
b) Mantener contactos con las familias de los menores acogidos, siempre que ello sea posible.
c) Esta acogida será sólo temporal, nunca con fines de adopción.
d) Durante el periodo de acogida el menor será uno más de la familia, al que se le darán las mismas atenciones que a cualquier otro miembro de la misma, no existiendo en ningún caso exceso de agasajos.
e) Establecer y facilitar actividades comunes a todos los niños acogidos.
f) Fomentar los vínculos de amistad y hermandad entre todas las familias de acogida.
LOS SOCIOS. DERECHOS Y OBLIGACIONES.
Según el artículo 10 de nuestros estatutos, los socios gozan de los siguientes derechos:
a) Participar en la elección de los cargos directivos.
b) Ejercer la representación que se les confiera, si fuese el caso.
c) Informar y ser informados de las actividades y funcionamiento de la asociación
d) Intervenir y conocer la gestión económica y administrativa de la asociación
e) Expresar libremente sus opiniones en materia de asuntos de interés de la asociación, así como formular propuestas y peticiones a la junta directiva.
f) Asistir a la asamblea general y ejercer su derecho al voto libremente.
Mientras que en el artículo 11 se establecen las siguientes obligaciones:
a) Acatar y cumplir las normas de los estatutos de la asociación, así como las normas y acuerdos adoptados en las asambleas.
b) Respetar la libre manifestación de opiniones de los demás socios, manteniendo la armonía y el compañerismo entre los miembros de la asociación.
c) No entorpecer las actividades de la asociación y aceptar las tareas que se les encarguen.
d) Asistir a las reuniones y asambleas a las que sean convocados, emitiendo su voto si fuese el caso.
e) Participar en la elección de los órganos de gobierno.
f) Satisfacer las cuotas ordinarias y extraordinarias que se establezcan para el sostenimiento de la asociación.